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	<title>AliciaM.com.ar</title>
	<link>http://www.administracion-de-consorcios.aliciam.com.ar</link>
	<description>Administración responsable y trasparente</description>
	<pubDate>Sat, 03 May 2008 21:07:34 +0000</pubDate>
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		<title></title>
		<link>http://www.administracion-de-consorcios.aliciam.com.ar/2008/05/38/</link>
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		<pubDate>Sat, 03 May 2008 21:07:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[RAMPAS
Agradezco la información y colaboración del Arq. Antonio  Aguel.
PREGUNTA: ¿Cuáles son las obligaciones reglamentarias que los edificios existentes deben cumplir, respecto de la necesidad de contar con rampas para discapacitados?
.Respuesta: Existen dos normativas al respecto; una en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires . Es la Ordenanza 47.818, promulgada por [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://html.rincondelvago.com/files/7/6/0/0002976014.png" />RAMPAS</p>
<p>Agradezco la información y colaboración del Arq. Antonio  Aguel.</p>
<p><strong><u><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">PREGUNTA: </span></u></strong><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">¿Cuáles son las obligaciones reglamentarias que los edificios existentes deben cumplir, respecto de la necesidad de contar con rampas para discapacitados?</span></p>
<p><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">.</span><u><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial"><strong>Respuesta:</strong> </span></u><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">Existen dos normativas al respecto; una en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires . Es la Ordenanza 47.818, promulgada por decreto 1594/94, que dispone que toda obra nueva, que implique el tránsito de personas desde y hacia la vía pública, deberá contar con instalaciones adecuadas para el desplazamiento de discapacitados que utilicen sillas de ruedas, pudiendo ser las conocidas como rampas.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">Por lo tanto, de acuerdo con el texto, y la interpretación de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, el cumplimiento de esta medida, no alcanza en principio a los edificios existentes.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">Para poder dar cumplimiento a la citada ordenanza, el decreto 1.184, publicado en el Boletín Municipal 20.145, del 19/10/95, dicta normas reglamentarias para edificios nuevos y para obras de modificaciones o ampliaciones en edificios existentes, que afecten a los accesos, instando a que los proyectos cumplan las características técnicas adecuadas para el desplazamiento de personas discapacitadas.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">Por otro lado, existe otra normativa, que es la Ley Nacional 24.314 (modificatoria de la 22.431, y su decreto reglamentario 914, &#8220;Sistema Integral de Personas Discapacitadas&#8221;.)</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">Ella establece – en sus artículos 20, 21 y 22 – la necesidad de priorizar la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos, arquitectónicos (edificios), en los que se realicen, o en los existentes, que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para personas con movilidad reducida. Es así que en el artículo 21 de la citada Ley, se determina que los edificios de viviendas colectivas con ascensor, deberán contar con un itinerario practicable por las personas con movilidad reducida, que una la edificación con la vía pública y con las dependencias de uso común.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">En el decreto 914, que reglamenta los citados artículos, se indica (artículo 21 A) que los edificios existentes, públicos o privados, deberán adecuarse a lo prescripto en la ley, dentro de plazos fijados (a la fecha cumplidos ).</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">En lo referente a circulaciones (apartado A, 1.4.1) se establece que en caso de disponerse escaleras o escalones, para salvar desniveles en circulaciones, siempre serán complementadas por rampas, ascensores o medios elevadores alternativos.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">En cuanto a las rampas propiamente dichas, (artículo 21, A,1.4.2.2) estipula que se pueden usar en reemplazo o complemento de escaleras y escalones para salvar cualquier tipo de desnivel. El ancho libre tendrá un mínimo de 1,10 metros, medidos entre zócalos, con sus correspondientes pasamanos colocados a ambos lados.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">No se admitirán tramos de rampas con pendiente cuya proyección horizontal supere los 6 metros de largo, sin la interposición de descansos de superficie plana y horizontal de 1,50 metros de longitud mínima.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">Las pendientes de las rampas se ajustarán a lo previsto en el respectivo cuadro de pendientes, de acuerdo con las alturas a salvar, y a la ubicación de las rampas, ya sean interiores o exteriores.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">Al comenzar y al finalizar cada tramo de rampa, se colocará un solado de prevención de textura en relieve y color contrastante con el del local, en un largo de 60 centímetros por el ancho de la rampa.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">También al comenzar y al finalizar una rampa, debe existir una superficie de aproximación que permita inscribir un círculo de 1,50 metros de diámetro como mínimo, que no será invadida por elementos fijos, móviles o desplazables o por el barrido de puertas.</span><span style="font-size: 11pt; font-family: Arial">Tanto para la ejecución de las rampas o para cualquier alternativa mecánica disponible en el mercado que se quiera instalar, se requiere de un permiso y aprobación previa por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obra y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Dicha presentación, debe realizarla un profesional matriculado. </span></p>
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		<title>Incendio en Edificios-Consejos</title>
		<link>http://www.administracion-de-consorcios.aliciam.com.ar/2007/09/incendio-en-edificios-consejos/</link>
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		<pubDate>Tue, 04 Sep 2007 19:37:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[consejos]]></category>

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		<description><![CDATA[En un curso al que asistí, en la Universidad Tecnológica Nacional
uno de los temas que se trató fue la prevención de incendios, no sólo las medidas preventivas sino las que hay que tomar en el caso de incendio.
Como vivo en un edificio y administro otros, no pude dejar de pensar que no hay muchas vías [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p align="left"><a href="http://images.google.com.ar/imgres?imgurl=http://pobladores.lycos.es/data/pobladores.com/fe/rd/ferdy_1/channels/la_dama_de_la_noche/images/3164055fuego.jpg&amp;imgrefurl=http://pobladores.lycos.es/channels/gente_y_ciudades/La_Dama_de_la_Noche/area/21&amp;h=450&amp;w=600&amp;sz=25&amp;hl=es&amp;start=3&amp;tbnid=iVyCgTItpzWdxM:&amp;tbnh=101&amp;tbnw=135&amp;prev=/images%3Fq%3Dfuego%26gbv%3D2%26ndsp%3D20%26svnum%3D10%26hl%3Des%26sa%3DN"><img width="135" src="http://tbn0.google.com/images?q=tbn:iVyCgTItpzWdxM:http://pobladores.lycos.es/data/pobladores.com/fe/rd/ferdy_1/channels/la_dama_de_la_noche/images/3164055fuego.jpg" height="101" style="border: 1px solid" /></a>En un curso al que asistí, en la Universidad Tecnológica Nacional</p>
<p align="left">uno de los temas que se trató fue la prevención de incendios, no sólo las medidas preventivas sino las que hay que tomar en el caso de incendio.</p>
<p align="left">Como vivo en un edificio y administro otros, no pude dejar de pensar que no hay muchas vías de escape ante un siniestro como este.</p>
<p align="left">Por eso creí que debía escribir este artículo, divulgarlo para informar y hacer tomar conciencia de cómo actuar en estos casos.</p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left"><strong>MEDIDAS PREVENTIVAS</strong></p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left">Mayormente los que vivimos en edificios conocemos cúales son las medidas normales de prevención:</p>
<p align="left">          No tener combustibles, como solventes o aerosoles a base de estos o de alcohol cerca de las fuentes de calor (calefónes, estufas, cocinaas).  Usarlos en lugares abiertos o bien ventilados.</p>
<p align="left">          De ser imprescindible, guardarlos en recipientes metálicos lejos de las fuentes de calor.</p>
<p align="left">          Después de encerar los pisos, ventilar los ambientes unos minutos y después pasar la lustradora.</p>
<p align="left">         No fumar en la cama.</p>
<p align="left">        Los residuos de los ceniceros deben ser desechadosen el inodoro y no en el tacho de basura.</p>
<p align="left">        Tener cuidado con las ventanas de las cocinas con cortinas de materiales livianos que debido a las corrientes de aire pueden acercarse al fuego de calefónes y cocinas.</p>
<p align="left">       No secar la ropa sobre estufas o calentadores.</p>
<p align="left">      No improvisar instalaciones eléctricas con alargues de cables, ni sobrecargar toma corrientes usando triples.</p>
<p align="left">      Cuando se ausente de su departamento, aún transitoriamente, desenchufar todos los artefactos eléctricos.</p>
<p align="left">      Si al regresar a su casa huele gas o algún otro olor extraño, no encienda las luces, ni fósforos o encendedores.  Primero ventile bien los ambientes y luego proceda a buscar el origen  del olor.</p>
<p align="left">      No busque posibles pérdidas de gas usando encendedores o fósforos.  Se debe emplear agua jabonosa.</p>
<p align="left">      No deje velas encendidas si se va a ausentar del lugar, colocarlas en recipientes y lugares seguros y controlar su consumición.</p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left"><strong>ELEMENTOS CONTRA INCENDIOS</strong></p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left">En edificios lo elemental y más habitual son las mangueras y matafuegos.</p>
<p align="left">Los matafuegos que se utilizan en los edificios son de clase ABC que contienen polvo químico y sirven para apagar cualquier clase de fuego.</p>
<p align="left">Por lo general están instalados en los pasillos de los edificios.  Es importante aprender a utilizarlos.   Sería conveniente tener en la cocina de cada departamento un matafuego ABC de 2,5 Kilos.</p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left"><strong>ACCIONES A TOMAR EN CASO DE INCENDIO</strong></p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left">Una vez que la llama se genera se desplaza en forma vertical, según las corrientes de aire.</p>
<p align="left">La velocidad en producirse llama depende de la cantidad de oxigeno que se halle en el ambiente.  A mayor superficie de exposición hay mayor contacto con oxigeno y más rápido se desarrollará el fuego.</p>
<p align="left">Los matafuegos deben ser utilizados en los dos primeros minutos de iniciado el fuego, usando toda la carga del mismo.</p>
<p align="left">Iniciar el ataque en forma inmediata con los elementos que tenga a su alcance.</p>
<p align="left">No utilizar agua si el fuego se inició en las instalaciones eléctricas y cortar la alimentación desde el tablero.</p>
<p align="left">Avisar al Encargado para que corte el gas y la energía eléctrica y llame a los Bomberos, es preferible que estos lleguen a contemplar un incendio apagado y no que tengan que luchar contra uno incontrolable.</p>
<p align="left">Habiendo humo o gases se deberá cubrir la boca y nariz con un trapo mojado.</p>
<p align="left">En la mayoría de los incendioslas personas se desvanecen al respirar gases tóxicos y mueren por asfixia y no por las quemaduras recibidas.</p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left"><strong>EVACUACIÓN</strong></p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left">Avisar a sus vecinos lo que está pasando.</p>
<p align="left">Si no puede controlar el incendio, abandone su departamento de inmediato, llevándose en lo posible lo imprescindible (linterna, documentos, dinero, ropa).</p>
<p align="left">Bajar  hacia la salida por las escaleras, jamás usar el ascensor.</p>
<p align="left">Descienda en forma ordenada, sin correr, en lo posible de espaldas al humo y con un trapo mojado cubriendo nariz y boca.</p>
<p align="left">Conserve la calma, no entre en pánico por que puede llegar a perder la vida.</p>
<p align="left">No suba a la terraza si no hay una salida accesible a los edificios vecinos, salvo que los Bomberos se lo indiquen.</p>
<p align="left">Si se tiene que atravesar llamas en un pasaje corto, hacerlo cubierto con una frazada mojada, desplazándose lo más cerca posible al piso.</p>
<p align="left">Si el incendio se produjo en otro departamento o piso y las llamas bloquean las escaleras, volver a su unidad, mojar frazadas, toallones, toallas y trapos cubriendo puertas y ventanas que deben permanecer cerradas, y todo intersticio por donde pueda filtrarse humo, gases o corrientes de calor.</p>
<p align="left">Hacer saber que se halla atrapado para que puedan socorrerlo.</p>
<p align="left">Si el aire dentro del departamento se torna irrespirable, tenderse en el suelo donde el aire está menos contaminado, o abrir levemente una ventana.  También puede cubrirse con una frazada mojada y quedarse cerca de una ventana abierta que este alejada de la zona del incendio.</p>
<p align="left">Juntar toda el agua que sea posible, servirá para atacar un presunto fuego que pueda afectar a puertas y ventanas.</p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left"><strong>RECORDAR</strong></p>
<p align="left">NO ENTRAR EN PÁNICO-CONSERVAR LA CALMA</p>
<p align="left">PEDIR AYUDA</p>
<p align="left">LLAMAR A LOS BOMBEROS</p>
<p align="left">TENER SIEMPRE A MANO LOS NÚMEROS TELEFÓNICOS DE EMERGENCIA.</p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left">CUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES</p>
<p align="left">BOMBEROS                 TE:   100</p>
<p align="left">EMERGENCIAS            TE:   103</p>
<p align="left"> SAME                         TE:   107</p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left">PROVINCIA DE BUENOS AIRES</p>
<p align="left">EMERGENCIAS DE CUALQUIER TIPO    TE:  911</p>
<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left">&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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		<item>
		<title>CONSEJOS DE SEGURIDAD PARA CONSORCIOS</title>
		<link>http://www.administracion-de-consorcios.aliciam.com.ar/2007/07/consejos-de-seguridad-para-consorcios/</link>
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		<pubDate>Mon, 02 Jul 2007 00:51:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[consejos]]></category>

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		<description><![CDATA[&#160;
 
 Ante las noticias de robos en edificios que últimamente se están dando a conocer,
es buen momento para recordar y tomar ciertas medidas de seguridad dentro del consorcio.


Mantener permanentemente cerrada con llave la puerta de acceso al edificio,a cocheras,sótano y terrazas.


Prohibir el ingreso de vendedores ambulantes, promotores y personas desconocidas que no justifiquen su ingreso al edificio.


Los empleados [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p align="left">&nbsp;</p>
<p align="left"> <a href="http://images.google.com.ar/imgres?imgurl=http://monicaperalta.com.ar/principal/images/Policia%2520Seguridad%2520en%2520Luduena.jpg&amp;imgrefurl=http://monicaperalta.com.ar/principal/&amp;h=559&amp;w=907&amp;sz=33&amp;hl=es&amp;start=1&amp;tbnid=DHi5hwpHv1QD7M:&amp;tbnh=91&amp;tbnw=147&amp;prev=/images%3Fq%3Dpolicia,%2Bseguridad%26gbv%3D2%26ndsp%3D20%26svnum%3D10%26hl%3Des%26sa%3DN"><img width="147" src="http://tbn0.google.com/images?q=tbn:DHi5hwpHv1QD7M:http://monicaperalta.com.ar/principal/images/Policia%2520Seguridad%2520en%2520Luduena.jpg" height="91" style="border: 1px solid" /></a></p>
<p align="left"> A<a href="http://images.google.com.ar/imgres?imgurl=http://monicaperalta.com.ar/principal/images/Policia%2520Seguridad%2520en%2520Luduena.jpg&amp;imgrefurl=http://monicaperalta.com.ar/principal/&amp;h=559&amp;w=907&amp;sz=33&amp;hl=es&amp;start=1&amp;tbnid=DHi5hwpHv1QD7M:&amp;tbnh=91&amp;tbnw=147&amp;prev=/images%3Fq%3Dpolicia,%2Bseguridad%26gbv%3D2%26ndsp%3D20%26svnum%3D10%26hl%3Des%26sa%3DN"></a>nte las noticias de robos en edificios que últimamente se están dando a conocer,</p>
<p align="left">es buen momento para recordar y tomar ciertas medidas de seguridad dentro del consorcio.</p>
<ul>
<li>
<p align="left">Mantener permanentemente cerrada con llave la puerta de acceso al edificio,a cocheras,sótano y terrazas.</p>
</li>
<li>
<p align="left">Prohibir el ingreso de vendedores ambulantes, promotores y personas desconocidas que no justifiquen su ingreso al edificio.</p>
</li>
<li>
<p align="left">Los empleados de las empresas de servicios, correos, tv cable, teléfonos, etc.deben presentar su credencial.   Si se necesita de algún servicio, dar aviso al encargado para que este al tanto.</p>
</li>
<li>
<p align="left">Mantener las puertas de los departamentos cerradas y solo abrirlas cuando se halla podido identificar a la persona por la mirilla.</p>
</li>
<li>
<p align="left">Evitar viajar en los ascensores con personas desconocidas al edificio que resulten sospechosas.</p>
</li>
<li>
<p align="left">Evitar que los niños viajen solos en los ascensores, como así también que salgan solos con las llaves. La presencia de gente extraña constituye un peligropara su salud física y mental.</p>
</li>
<li>
<p align="left">Mantener iluminados los accesos al edificio, a cocheras, sótanos y terrazas.</p>
</li>
<li>
<p align="left">Los automóviles estacionados en las cocheras cerrados con llave, evitar dejar objetos de valor en su interior.</p>
</li>
</ul>
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		<title>Conservaciones Ascensores</title>
		<link>http://www.administracion-de-consorcios.aliciam.com.ar/2007/02/conservaciones-ascensores/</link>
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		<pubDate>Tue, 06 Feb 2007 20:00:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[Sabemos que el Decreto CABA N° 1734/02 sobre CONSERVACIÓN DE ASCENSORES (BO 8-1-2003) estableció la obligatoriedad de colocar en las cabinas y en la planta baja junto al ingreso a los elevadores, las obleas o estampillas (verdes - amarillas – rojas), que -según su color– cumplían dos cometidos:
1- hacían conocer a los usuarios de los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.administracion-de-consorcios.aliciam.com.ar/wp-content/ascensor.jpg" title="ascensor.jpg"><img src="http://www.administracion-de-consorcios.aliciam.com.ar/wp-content/ascensor.miniatura.jpg" alt="ascensor.jpg" class="flotando-izquierda" /></a>Sabemos que el Decreto CABA N° 1734/02 sobre CONSERVACIÓN DE ASCENSORES (BO 8-1-2003) estableció la obligatoriedad de colocar en las cabinas y en la planta baja junto al ingreso a los elevadores, las obleas o estampillas (verdes - amarillas – rojas), que -según su color– cumplían dos cometidos:<br />
1- hacían conocer a los usuarios de los elevadores el estado que presentaban los mismos y<br />
2- obligaban a los administradores del consorcio a adoptar todos los recaudos que las leyes ponen a su alcance a fin de proveer en forma urgente a los arreglos que pudieren corresponder.<br />
El sistema ideado no era malo, pero en la práctica fue tortuoso y burocrático.<br />
Dicho decreto fue derogado recientemente por el Decreto CABA N° 879/06 (BO 17-07-2006).<br />
La lectura del Decreto Nº 879/06 permite concluir que -al día de la fecha y hasta tanto se establezca un nuevo sistema- sólo corresponde colocar en cada cabina de elevador la tarjeta mensual de revisión que firma el Conservador, sin agregar el estampillado.<br />
Eso significa para el usuario del ascensor saber que el Conservador (con arreglo al Decreto CABA Nº 578/2001, vigente) ha inspeccionado el elevador.<br />
El LIBRO DE ASCENSORES es el instrumento documental donde se asentará el estado real de los mismos y las eventuales reparaciones que fueren necesarias.</p>
]]></content:encoded>
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